DERECHO CIVIL

DERECHO CIVIL

sábado, 5 de marzo de 2016

LA CODIFICACIÓN

Es la reduccion a unidad organica de todas las normas vigentes en un determinado momento historico de un pueblo mediante la publicacion de cuerpos de Derecho o Codigos que recojan, modificando o ninnovando profundamente, todo el Derecho de un estado o ramas del mismo.

Siendo la codificacion la agrupacion y ordenacion de todas las normas vigentes de una de las ramas del Derecho, igualmente se le define como la reunion sistematica de normas relativas a determinada materia. De igual modo se la señala como la confeccion de un Codigo, es decir, de una coleccion unica no solo para todo un pais, sino de toda una parte del Derecho. La legislacion se encuentra codificada cuando esta contenida en una ley unica y no en leyes diversas. Entre las causas que dieron lugar a la organizacion metodica y sistematica de los preceptos juridicos, es decir, a la codificacion figuran:

- La necesidad de simplificar y ordenar las multiples reglas juridicas esparcidas en leyes diversas.
- La necesidad de unificar las varias legislaciones imperantes en el territorio del mismo Estado, sobre todo cuando se sigue a un movimiento de unificacion politica.
- La exigencia de introducir radicalmente reformas por el nuevo aspecto que ofrezca una sociedad a consecuencia de una revolucion social.

La codificacion presenta varias ventajas, por una parte, se logra mayor fijeza del Derecho, porque las exigencias de la seguridad juridica hacen necesaria la existencia de leyes que no cambien con facilidad y mediante ella se permite el conocimiento de todas las normas que rigen una determinada materia, sin necesidad de estar buscando por distintos textos los preceptos que estan diseminados; por la otra, hace mas facil el conocimiento y aplicacion del derecho.

El Derecho Civil Venezolano se caracteriza por la codificacion de las normas de esta rama del derecho; se hace necesario aclarar que no todo el Derecho Civil esta contenido en el codigo, en efecto, existen otras leyes de caracter civil que suplen los vacios que estan en el Codigo.

El articulo 202 de la Constitucion de la Republica Bolivariana de Venezuela establece el concepto y procedencia de la codificacion "La ley es el acto sancionado por la Asamblea Nacional como Legislador. Las leyes que reunan sistematicamente las normas relativas o determinadas materias se podran denominar codigos"

El titulo Preliminar del Codigo Civil
Vigencia de la Ley
Articulo 1° La Ley es obligatoria desde su publicacion en GACETA OFICIAL o desde la fecha posterior que ella misma indique"

Este articulo nos indica en que momento entra en vigencia una ley, es decir, a partir de que momento se convierte en obligatoria. La publicacion consiste en dar a conocer el contenido de la ley a los que deben prestarle obediencia, como se expuso, y, se realiza mediante la insercion de las leyes en la Gaceta Oficial de la Republica"

Publicada la ley en Gaceta Oficial o transcurrido el termino para su entrada en vigor, la ley es obligatoria para todos, no solamente para los nacionales, sino tambien para los extranjeros, por tanto, la ley puede tener vigencia inmediata, es decir, que es obligatoria a partir de su publicacion en la Gaceta Oficial de la Republica de Venezuela.

Asimismo puede la ley tener vigencia diferida o Vacatio Legis. Si tomamos en consideracion que el fin de la publicacion es dar a conocer el contenido del texto legal, y si para conseguirlo se considera necesario dejar un lapso de tiempo entre la publicacion y la vigencia de la ley, esta es la vigencia diferida, ya que al expirar el termino la ley adquiere obligatoriedad. De modo que la Vacatio legis es el lapso entre la fecha de la publicacion de la ley y la fecha posterior en que comenta a regir o desde la fecha posterior que indique.

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