DERECHO CIVIL

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sábado, 5 de marzo de 2016

EVOLUCION DEL DERECHO CIVIL EN VENEZUELA


      El primer Código civil se pone en vigencia durante la presidencia del General Páez en el año de 1861, este Código tuvo su inspiración en el Código de Andrés Bello, así como también en las antiguas leyes españolas y en el Código francés. 

     El segundo Código Civil es el de 1867, éste resultó ser una copia del Código Civil del célebre Español García Goyena, el cual no se adaptaba a la realidad del país de aquella época. 

       En 1871 se dictó un nuevo Código Civil, esta vez inspirado en el Código italiano del año 65, resultando igualmente desadaptado producto de las diferencias entre la sociedad italiana y la venezolana, en especial en materias como la filiación natural, el registro civil y la celebración del matrimonio. 

       Posteriormente, en 1880 se dictó un Código Civil que presentaba reformas nada trascendentales. 

      En 1896, el Código Civil sufrió nuevas reformas, presentando nuevas disposiciones sobre el Derecho de Familia, facilitando la celebración del matrimonio, y al acoger algunos principios admitidos por la doctrina y jurisprudencia franco-italiana, se adaptó un poco mejor a la realidad social venezolana. 

    Sigue el Código Civil de 1904, también tienen algunas reformas y modificaciones que fueron consideradas retrasadas, pero que representaron algunos avances como por ejemplo: se consagra por primera vez la institución del Divorcio en materia de Derecho de Familia en Venezuela. 



        En 1916 se dicta un nuevo Código Civil, cuyas disposiciones se adaptaban mas a la realidad social de la época, al permitir ampliamente la investigación de la paternidad natural, simplificando las formalidades para contraer matrimonio entre concubinos y equiparando los hijos legítimos y naturales en cuanto a la herencia de la madre. 

       La reforma de 1922 tuvo como principal innovación la eliminación de la inquisición de paternidad natural como principio, y la limitó nuevamente al caso de rapto. 

       El Código Civil de 1942, el  cual rige parcialmente en la actualidad, introdujo una serie de reformas convenientes para adaptar la legislación a la realidad venezolana; se estableció la comunidad concubinaria que es una regla de Derecho que permite a la mujer que había vivido en concubinato prolongado, solicitar derechos patrimoniales de su concubino. Se hicieron algunas reformas en materia de obligaciones, se destacó la llamada tutela del Estado para los menores abandonados. 

        El Código Civil de 1942 duró 40 años en vigencia y fue derogado parcialmente por el Código Civil que rige actualmente que es el de 1982; éste código inspirado en los principios de equiparación jurídica del hombre y de la mujer, y de los hijos y demás parientes naturales con los legítimos, introdujo distintas modificaciones en materia del Nombre, Tutela, Patrimonio, Patria Potestad, es decir, que se refieren particularmente a la materia de familia.



Referencia Bibliográfica: 

Aguilar Gorrondona, José L.  (2005). Personas, Derecho Civil I. Caracas: Universidad Católica Andrés Bello, 17ª Edición.

2 comentarios:

  1. ES MUY IMPORTANTE CONOCER LOS ANTECEDENTES E HISTORIA, EN ESTE CASO DE NUESTRO CODIGO CIVIL PARA CONOCER QUE HA CAMBIADO Y QUE CONTINUARA CAMBIANDO PORQUE LAS LEYES AL IGUAL QUE LA SOCIEDADES NO SON ESTATICAS, IGUALMENTE QUE EL DERECHO QUE ES UN PRODUCTO SOCIAL, HECHO POR EL SER HUMANO.POR TANTO CONSIDERO QUE NUESTROS CODIGOS Y LEYES ESTAN SUJETAS A LAS DINAMICA Y TRANSFORMACION DE LAS SOCIEDADES Y DENTRO DE ELLAS EL SER HUMANO, COMO SUJETO HISTORICO CONSTRUCTOR DE SU PROPIO DESTINO.
    MUCHAS GRACIAS.
    ALIRIO GONZALEZ

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